Publicado por Mutuactivos | 16 de junio de 2026
El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto que reforma el régimen de la jubilación flexible. La medida busca facilitar que las personas jubiladas regresen al mercado laboral de forma voluntaria, combinando su actividad con el cobro de la pensión, lo que favorece una transición más gradual hacia el retiro definitivo.
La norma entrará en vigor el 28 de agosto, tres meses después de su publicación en el BOE el pasado 28 de mayo, y se aplicará a todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto a los funcionarios civiles del Estado, Fuerzas Armadas y Administración de Justicia.
Las grandes novedades: autónomos y sin plazos de espera
Hasta ahora, la jubilación flexible estaba limitada casi en exclusiva al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. El nuevo decreto rompe este esquema introduciendo lo siguientes cambios:
- Luz verde a los autónomos: Por primera vez, se permite compaginar la pensión con el trabajo por cuenta propia. El único requisito es no haber estado dado de alta como autónomo en los tres años anteriores a la jubilación.
- Acceso inmediato: Desaparece la obligación de esperar un tiempo mínimo desde el retiro. La jubilación flexible se podrá solicitar en cualquier momento, justo después de que se reconozca la pensión.
Nuevos incentivos y más horas de trabajo
Las condiciones financieras mejoran notablemente para hacer el retorno al empleo más atractivo. En el caso del trabajo por cuenta ajena, se aplican los siguientes cambios:
- Mayor jornada laboral: se amplía el margen de trabajo compatible con la jubilación flexible. La jornada parcial pasa del anterior 25%-75% a una nueva horquilla de entre el 33% y el 80% de la jornada. La pensión se ajustará en proporción a la jornada trabajada.
- Un "plus" por regresar: Si el pensionista decide volver a trabajar una vez pasados al menos seis meses desde su jubilación, recibirá un porcentaje adicional en su pensión. Este incentivo será de un 25% extra para jornadas de entre el 55% y el 80%, y de un 15% extra si la jornada se sitúa entre el 33% y el 55%.
Por su parte, en el trabajo autónomo:
- El esquema se simplifica: el pensionista por cuenta propia podrá compatibilizar su actividad económica percibiendo hasta el 25% del importe de su pensión.
- Garantía de protección: Durante todo el tiempo que dure la jubilación flexible, el trabajador mantendrá intacta su condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Además, quienes accedieron a una jubilación anticipada de forma involuntaria verán recalculada y mejorada su pensión inicial cuando decidan regresar a la jubilación plena.
Un cambio respaldado por los datos
Esta reforma no es un hecho aislado, sino que forma parte de una estrategia iniciada en 2021 para acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal. Según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el comportamiento de los trabajadores españoles ya refleja este cambio:
- Más jubilaciones demoradas: Los empleados que deciden alargar su vida laboral han pasado de representar el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que llevamos de 2026, ya superan el 12% de las nuevas altas.
- Caída de las jubilaciones anticipadas: Si en 2018 suponían más del 43% del total, hoy se sitúan en el entorno del 30%. Además, ya no se apura el plazo al máximo: en 2021, casi la mitad (46%) se jubilaba a la mínima edad permitida, mientras que en 2025 ese porcentaje se desplomó al 14,5%.
- Auge de la jubilación activa: Esta modalidad (seguir trabajando tras demorar el retiro) sumó 5.602 nuevos pensionistas en el último año, alcanzando un total de 70.467 personas.
Como destaca la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, el objetivo es que el sistema ofrezca "más y mejores opciones" para que el fin de la vida laboral deje de ser un corte abrupto y se convierta en un traje a la medida de cada trabajador.
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