Autor Blog Mutuactivos

Por Mutuactivos

  • 02 diciembre, 2019
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    Por Mutuactivos

    • 02 diciembre, 2019

    La inclusión de criterios de sostenibilidad o “ESG” (acrónimo inglés que hace referencia a factores medioambientales, sociales, y de gobernanza) en los procesos de inversión va a experimentar un impulso normativo en la Unión Europea, que afectará de lleno no solo a las actividades de gestión, sino también al asesoramiento y comercialización de productos financieros.

    La próxima normativa tiene su origen en el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la Comisión Europea, que en marzo de 2018 estableció como objetivo prioritario la integración de la sostenibilidad en el sistema financiero, reorientar los flujos de capitales hacia una economía más sostenible, integrar criterios de sostenibilidad en la gestión de riesgos e impulsar la transparencia y la visión a largo plazo de emisores y agentes financieros (bancos, aseguradoras, gestoras, agencias de rating, y asesores financieros de la UE).

    Los gestores de activos tenemos una doble responsabilidad fiduciaria.

    Hasta el momento, la integración de los factores ESG en los procesos de inversión era de carácter voluntario o de libre adhesión a iniciativas como los Principios para la Inversión Responsable de Naciones Unidas, y considerada mayoritariamente una gestión nicho o temática, limitada a determinadas gamas de productos. De hecho, la bandera de la ESG se ha utilizado en algunas ocasiones como herramienta de marketing o de posicionamiento de marca (“parecer verde”), sin que la cultura de la sostenibilidad permeabilizara a todos los niveles de las entidades.

    Con independencia del mayor o menor grado de convicción con el que se afronte la integración de la sostenibilidad en los procesos de inversión, la introducción de criterios extra - financieros en el análisis y medición de riesgos va a exigir la dedicación de recursos adicionales por parte de las gestoras, cuyo negocio está ya sometido a presiones crecientes en márgenes y resultados.   

    Finanzas sostenibles: cumplir no es una opción- Blog MutuactivosLa próxima normativa tiene su origen en el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la Comisión Europea

    La incorporación de criterios de sostenibilidad a las decisiones de inversión se enfrenta a barreras conceptuales derivadas de la propia ambigüedad del concepto: no existe una normativa que defina qué producto, actividad o sector es sostenible. Por otro lado, existen complejidades operativas, la principal de las cuales radica en cómo medir correctamente la sostenibilidad de una cartera. Por ello, es esencial que legisladores y reguladores clarifiquen las pautas de actuación y que faciliten a los órganos de gobierno de una entidad la toma de decisiones.

    Si bien no hay múltiples evidencias empíricas que avalen que la introducción de factores de sostenibilidad mejore manifiestamente la rentabilidad, sí es cierto que la integración de factores ESG en la selección de activos conduce a decisiones de inversión más informadas, especialmente en la identificación y mitigación de riesgos no previamente incorporados en el análisis financiero tradicional (riesgos físicos que impactan en el valor de los activos y de las contingencias de compañías de seguros, riesgos regulatorios, riesgos reputacionales, etc.). 

    Desgraciada o afortunadamente, cumplir no es una opción. Los gestores de activos tenemos una doble responsabilidad fiduciaria. La primera, más evidente, estriba en maximizar la rentabilidad ajustada por riesgo. La segunda tiene un carácter más “social” y con un impacto temporal más largo, que va más allá de los dictados a corto plazo de los mercados y de los flujos de negocio. Efectivamente, los gestores de activos tenemos la capacidad cierta, haciendo valer nuestra condición de accionistas y financiadores de actividades empresariales, de influir en la sensibilización de las compañías hacia la importancia que atribuimos a la gobernanza corporativa y su responsabilidad hacia todos los “stakeholders”. Esta capacidad de influencia se puede canalizar a través de políticas de propiedad más activas y a través de un diálogo recurrente con los emisores. Es previsible que el “activismo” accionarial, hasta ahora relativamente limitado en España, adquiera cada vez mayor protagonismo. De hecho, los principales “asset owners” globales (fondos soberanos, fondos de pensiones, aseguradoras, etc.) y selectores de fondos están exigiendo cada vez más la integración de factores ESG en la gestión delegada a terceros, excluyendo automáticamente a gestoras que no los integran.

    En definitiva, la inclusión de factores de sostenibilidad en los procesos de inversión va a ser transformacional en un futuro no muy lejano. Abordar esta transformación desde la convicción y no como una mera imposición normativa será la clave que marcará la diferencia entre ganadores y perdedores.

La inclusión de criterios de sostenibilidad o “ESG” (acrónimo inglés que hace referencia a factores medioambientales, sociales, y de gobernanza) en los procesos de inversión va a experimentar un impulso normativo en la Unión Europea, que afectará de lleno no solo a las actividades de gestión, sino también al asesoramiento y comercialización de productos financieros.

La próxima normativa tiene su origen en el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la Comisión Europea, que en marzo de 2018 estableció como objetivo prioritario la integración de la sostenibilidad en el sistema financiero, reorientar los flujos de capitales hacia una economía más sostenible, integrar criterios de sostenibilidad en la gestión de riesgos e impulsar la transparencia y la visión a largo plazo de emisores y agentes financieros (bancos, aseguradoras, gestoras, agencias de rating, y asesores financieros de la UE).

Los gestores de activos tenemos una doble responsabilidad fiduciaria.

Hasta el momento, la integración de los factores ESG en los procesos de inversión era de carácter voluntario o de libre adhesión a iniciativas como los Principios para la Inversión Responsable de Naciones Unidas, y considerada mayoritariamente una gestión nicho o temática, limitada a determinadas gamas de productos. De hecho, la bandera de la ESG se ha utilizado en algunas ocasiones como herramienta de marketing o de posicionamiento de marca (“parecer verde”), sin que la cultura de la sostenibilidad permeabilizara a todos los niveles de las entidades.

Con independencia del mayor o menor grado de convicción con el que se afronte la integración de la sostenibilidad en los procesos de inversión, la introducción de criterios extra - financieros en el análisis y medición de riesgos va a exigir la dedicación de recursos adicionales por parte de las gestoras, cuyo negocio está ya sometido a presiones crecientes en márgenes y resultados.   

Finanzas sostenibles: cumplir no es una opción- Blog MutuactivosLa próxima normativa tiene su origen en el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la Comisión Europea

La incorporación de criterios de sostenibilidad a las decisiones de inversión se enfrenta a barreras conceptuales derivadas de la propia ambigüedad del concepto: no existe una normativa que defina qué producto, actividad o sector es sostenible. Por otro lado, existen complejidades operativas, la principal de las cuales radica en cómo medir correctamente la sostenibilidad de una cartera. Por ello, es esencial que legisladores y reguladores clarifiquen las pautas de actuación y que faciliten a los órganos de gobierno de una entidad la toma de decisiones.

Si bien no hay múltiples evidencias empíricas que avalen que la introducción de factores de sostenibilidad mejore manifiestamente la rentabilidad, sí es cierto que la integración de factores ESG en la selección de activos conduce a decisiones de inversión más informadas, especialmente en la identificación y mitigación de riesgos no previamente incorporados en el análisis financiero tradicional (riesgos físicos que impactan en el valor de los activos y de las contingencias de compañías de seguros, riesgos regulatorios, riesgos reputacionales, etc.). 

Desgraciada o afortunadamente, cumplir no es una opción. Los gestores de activos tenemos una doble responsabilidad fiduciaria. La primera, más evidente, estriba en maximizar la rentabilidad ajustada por riesgo. La segunda tiene un carácter más “social” y con un impacto temporal más largo, que va más allá de los dictados a corto plazo de los mercados y de los flujos de negocio. Efectivamente, los gestores de activos tenemos la capacidad cierta, haciendo valer nuestra condición de accionistas y financiadores de actividades empresariales, de influir en la sensibilización de las compañías hacia la importancia que atribuimos a la gobernanza corporativa y su responsabilidad hacia todos los “stakeholders”. Esta capacidad de influencia se puede canalizar a través de políticas de propiedad más activas y a través de un diálogo recurrente con los emisores. Es previsible que el “activismo” accionarial, hasta ahora relativamente limitado en España, adquiera cada vez mayor protagonismo. De hecho, los principales “asset owners” globales (fondos soberanos, fondos de pensiones, aseguradoras, etc.) y selectores de fondos están exigiendo cada vez más la integración de factores ESG en la gestión delegada a terceros, excluyendo automáticamente a gestoras que no los integran.

En definitiva, la inclusión de factores de sostenibilidad en los procesos de inversión va a ser transformacional en un futuro no muy lejano. Abordar esta transformación desde la convicción y no como una mera imposición normativa será la clave que marcará la diferencia entre ganadores y perdedores.