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Normativa para motos: lo que ha cambiado desde el 1 de octubre

Así afectan a los motoristas los cambios de la normativa de tráfico desde octubre de 2026

El 1 de octubre de 2026 ha entrado en vigor el Real Decreto 518/2026, una reforma del Reglamento General de Circulación que pone el foco en los usuarios más vulnerables de la vía. Y los motoristas están entre los que más notan el cambio, tanto en la equipación como en la forma de moverse cuando hay atasco. 
 
La novedad más comentada tiene que ver con la equipación. Desde esa fecha, conductor y pasajero tienen que llevar guantes de protección cuando circulan por vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía, ya sea ciudad o carretera. Es decir, las chanclas y las sandalias quedan descartadas. Eso sí, con los guantes hay un matiz: las especificaciones de los guantes homologados todavía dependen de una orden ministerial pendiente, así que, mientras tanto, siguen valiendo los que se usan actualmente. 
 
El chaleco reflectante también entra en juego, como motorista particular no tienes que conducir con él puesto, pero sí llevarlo en la moto como parte de la dotación obligatoria y ponértelo si te bajas y ocupas la calzada o el arcén de una vía interurbana, por ejemplo, tras una avería o un pinchazo. Quienes trabajan en reparto sí deben llevarlo, junto con el casco, durante toda la jornada. 

La otra gran novedad es una reivindicación histórica del sector: poder circular por el arcén derecho en caso de atasco. Pero este nuevo Real Decreto viene con letra pequeña, porque no sirve cualquier arcén ni cualquier retención. Solo se puede en los tramos señalizados para ello, a un máximo de 30 km/h, en fila de uno y sin adelantar a otras motos. Si no hay señalización, el atasco no es una autorización automática. 

Antes de arrancar, hay una nueva comprobación imprescindible para los motoristas: casco, guantes, calzado cerrado y chaleco a bordo

También hay cambios para los ciclomotores: la nueva norma establece que tienen que llevar casco homologado R22, el mismo que los motoristas. Aunque tienen un año de margen: la obligación será plena el 1 de octubre de 2027.  

Los vehículos que tengan una estructura de autoprotección y cinturones de seguridad quedan al margen del requisito del calzado, siempre y cuando el equipamiento mencionado esté vigente en la tarjeta de inspección técnica del vehículo. 
 
En cuanto a las multas, incumplir las obligaciones de guantes, calzado o chaleco se considera infracción grave y supone una sanción de 200 euros. Así que, antes de arrancar, conviene repasar lo básico: casco, guantes si vas a salir a carretera, calzado cerrado y el chaleco en la moto. 

Si te mueves en patinete o bici, la nueva normativa también trae cambios. Como adelantábamos hace unos meses, los usuarios de patinetes deberán ser mayores de 15 años, llevar siempre casco y elementos reflectantes por la noche o en condiciones de baja visibilidad. Para las bicis, el casco pasa a ser obligatorio en vías interurbanas. 

En definitiva, la nueva normativa busca reforzar la seguridad de quienes se desplazan sobre dos ruedas, ya sea en moto, bicicleta o patinete. Conocer los cambios y adaptar nuestros hábitos de circulación no solo ayuda a evitar sanciones, sino también a hacer nuestros desplazamientos más seguros para todos. 

Mutua Madrileña

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