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SERVICIOS Y COBERTURAS

Asistencia sanitaria cubierta por el seguro del vehículo

La asistencia sanitaria urgente más completa, siempre que viajes con el vehículo asegurado. Servicios y descuentos ofrecidos por Autoclub Mutua Madrileña S.L.U. Nos encargamos de:
  • Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermos.
  • Repatriación o transporte de beneficiarios, cuando a uno o más de los beneficiarios se les haya repatriado o trasladado por enfermedad o accidente.
  • Regreso anticipado a causa de fallecimiento o enfermedad grave de un familiar.
  • Desplazamiento y gastos de estancia (en el extranjero) de un acompañante junto al socio hospitalizado.
  • Transporte o repatriación de fallecidos y de beneficiarios acompañantes.
  • Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.
  • Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero.
  • Envío de medicamentos.
  • Envío de chófer profesional en caso de incapacidad para poder conducir tu vehículo.

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¿Cual es la cobertura de Asistencia sanitaria?

La cobertura Asistencia sanitaria es una de las más delicadas y complejas, pues le confiamos nuestro bienestar e incluso nuestra propia vida y la de los nuestros en caso de sufrir un percance automovilístico.

Has de saber que la atención sanitaria cuando sufrimos un siniestro en carretera no está cubierta por la Seguridad Social, sino por los seguros. Por supuesto, toda persona accidentada recibirá la debida atención por parte de los servicios sanitarios, pero posteriormente estos remitirán la factura a la compañía de seguros. En el caso de que estos gastos sanitarios superen los límites fijados por la aseguradora, el mutualista deberá abonar la diferencia de su propio bolsillo.

Esta cuestión puede ser especialmente relevante cuando realizamos un viaje por el extranjero y sufrimos un accidente que ocasiona heridas de cierta entidad al conductor o a los ocupantes del vehículo, pues saber que contamos con cobertura sanitaria proporciona tranquilidad. Recuerda que la cobertura Asistencia sanitaria no solo es aplicable en España, sino también en los Estados adheridos al Convenio Multilateral de Garantía, países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y otros. También los países adheridos al Convenio Inter-Bureaux (Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, República Checa, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Suecia y Suiza).

Todos nuestros seguros lo incluyen aunque puede ser opcional en algunos productos.

En concreto, la cobertura Asistencia sanitaria tiene como objetivo proporcionar la ayuda sanitaria que sea necesaria al conductor o los ocupantes en los casos en que durante un viaje con el vehículo asegurado sufran un accidente o enfermedad que requiera atención médica.

¿Qué cubre la cobertura Asistencia sanitaria?

En el caso de que el conductor o los ocupantes durante un viaje con el vehículo asegurado sufran un accidente o enfermedad que requiera atención médica, Mutua Madrileña cubrirá los gastos ocasionados por los siguientes supuestos, siempre que no excedan un límite establecido en las condiciones particulares. Así, debemos tener en cuenta que los gastos médicos en el extranjero deben ser superiores a 90€ y hasta un límite de 6.000€.

- Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermos.

- Repatriación o transporte de beneficiarios, cuando a uno o más de los beneficiarios se les haya repatriado o trasladado por enfermedad o accidente.

- Regreso anticipado, a causa de fallecimiento o enfermedad grave de un familiar. Así, no se descarta que cualquiera de los ocupantes deba interrumpir su viaje a causa del fallecimiento de un familiar o porque su cónyuge o pareja de hecho, alguno de los progenitores, un hijo o un hermano lleva hospitalizado más de cinco días. Ante estos casos, Mutua Madrileña accede a cubrir una de las siguientes opciones:

a) El desplazamiento en el medio que se considere más adecuado hasta el lugar del entierro en España o donde se encuentre hospitalizado el familiar. También se incluiría el viaje de regreso al lugar donde se encontraba.

b) El pago del traslado tanto para él y otro ocupante del vehículo hasta su domicilio habitual.

- Desplazamiento y gastos de estancia (en el extranjero) de un acompañante junto al socio hospitalizado.

- Transporte o repatriación de fallecidos y de beneficiarios acompañantes.

- Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.

- Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero.

- Envío de medicamentos. Corre por cuenta de la Mutua el envío de medicamentos indispensables al hospital donde se halle ingresado el conductor u ocupante. Estamos hablando de medicamentos que no se encuentran disponibles en la localidad donde esté el conductor u ocupantes. Conviene precisar que la compañía asume el pago del envío, pero el pago del coste del medicamento corresponde al asegurado.

- Envío de chófer profesional en caso de incapacidad para poder conducir tu vehículo. Tal circunstancia podría sobrevenir debido a enfermedad, accidente o, incluso, por fallecimiento. En estos casos, la compañía aseguradora se compromete a proporcionar los medios para ello, incluido un conductor profesional que conducirá el vehículo junto con sus ocupantes. El destino será el domicilio que conste en la póliza o el lugar escogido para viajar (si esta última opción resulta la más próxima).

- Si alguno de los ocupantes fuera menor de 15 años o presentara alguna minusvalía y necesitara un acompañante, la Mutua asumiría los gastos de desplazamiento.

- Es posible que el conductor o alguno de los ocupantes se encuentre ingresado en un hospital alejado de su domicilio. En estas situaciones, la aseguradora asumiría, llegado el momento, trasladarlo hasta su domicilio o hasta el hospital y, previa valoración médica, hasta el centro hospitalario correspondiente, siempre que una valoración médica no lo desaconseje.

Otro interesante aspecto es que la cobertura Asistencia sanitaria se amplía al tomador, cónyuge o pareja de hecho y padres e hijos que convivan con él y estén a su cargo cuando este desplazamiento tenga como destino cualquier parte del mundo. No es preciso que el viaje se haya efectuado con el vehículo asegurado. Cobertura aplicable únicamente a pólizas de seguro de auto Todo Riesgo Plus.

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