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*Este servicio se prestará exclusivamente en días laborables de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00h. Fuera de este horario, la cobertura se prestará por miembros del equipo del Abogado de Referencia asignado.
RECLAMACIÓN EXTRACONTRACTUAL DE DAÑOS Y PERJUICIOS: No se garantiza la reclamación cuando los daños y/o perjuicios deriven de la participación del Asegurado en riñas o peleas por él iniciadas, ni en riñas tumultuarias en cualquier caso. No quedará cubierta la reclamación de daños cuando sean consecuencia del incumplimiento de una relación contractual específica entre el Augurado y el responsable de los mismos. Tampoco incluye los hechos producidos en el desempeño por parte del Asegurado de cualquier actividad como empleado, profesional, autónomo o empresario.
CONSUMO: Quedan excluidos en esta cobertura los conflictos derivados de contratos sobre bienes y servicios concertados por el Asegurado en el ámbito de su actividad como empleado, profesional, autónomo o empresario.
LABORAL: Queda excluida la defensa de los intereses del Asegurado por hechos producidos en el desempeño por su parte de cualquier actividad como profesional, empresario o consumo.
La posibilidad de contar con una cobertura que nos ofrezca un Abogado de referencia es de suma utilidad, pues gracias a este servicio nuestros clientes pueden resolver sus dudas legales respecto a numerosos asuntos. Esta opción te permitirá solventar cuestiones que de otra forma quizás hubieses dejado pasar por lo costoso de su tramitación o por no saber dónde acudir para ello.
Lo cierto es que resulta bastante frecuente que nos surjan dudas de índole familiar, laboral o de consumo que no sabemos cómo afrontar legalmente. Por ejemplo, ¿qué hacer si en el ático vecino han instalado una chimenea?, ¿qué pasa si has sufrido un accidente en la vía pública?
En la Mutua somos conscientes de que esta clase de cuestiones están a la orden del día y merecen toda nuestra atención. Ahora, en el caso de que hayas contratado un seguro a Todo Riesgo Plus —ya sea con franquicia o sin ella— podrás plantearlas cómodamente sin coste alguno a un Abogado de referencia.
No se trata de un mero asesoramiento, sino que también en la Mutua podrás contar con la redacción, presentación o envío de los informes, además de los escritos necesarios para tu defensa. Este servicio lo presta LEGÁLITAS, una firma de abogados de confianza y reconocido prestigio.
Quizás te interese saber que este despacho lleva más de 20 años proporcionando asistencia jurídica a particulares, autónomos y pymes. Atienden un millón de consultas anuales y dan respuesta a dispares problemas legales. Los clientes de la Mutua pueden plantear sus dudas legales en días laborables de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00h en el teléfono 91 555 55 55. Si la urgencia jurídica surgiese fuera de este horario, la cobertura la prestarán miembros del equipo del Abogado de referencia asignado.
Gracias a esta cobertura podrás contar con la defensa sobre cualquier asunto relacionado con los siguientes puntos:
- Daños a tu persona.
- Daños materiales a los bienes muebles de tu propiedad no vinculados a tu actividad como empleado, profesional, autónomo o empresario.
- Perjuicios al patrimonio del tomador del seguro cuyas dudas se podrán solventar con la cobertura Abogado de referencia.
La vivienda también puede ser fuente constante de dudas o conflictos, sobre todo si vivimos en una comunidad de vecinos: ruidos, obras ilegales, acuerdos de junta con los que no estamos de acuerdo... Podemos resolver de manera sencilla y cómoda todas estas cuestiones gracias a la cobertura Abogado de referencia. Esta garantía se concreta en los siguientes apartados:
- Reclamación de los daños materiales que hayan podido causar terceros a la vivienda, ya sea por imprudencia o intencionadamente. La Mutua se desvinculará en el caso de que haya habido un incumplimiento previo de una relación contractual específica entre el asegurado y el responsable de los daños.
- En el caso de ocupación ilegal de la vivienda, el asegurado puede contar con los servicios de un Abogado de Referencia para hacer frente a la reclamación. Con la excepción de que estemos ante una posible consecuencia del incumplimiento de una relación contractual específica entre el Asegurado y el responsable de la ocupación.
- La defensa y reclamación en los conflictos con vecinos.
- La defensa y reclamación ante la comunidad de propietarios del inmueble en que se halle la vivienda, siempre que el Asegurado esté al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas.
- La defensa y reclamación como inquilino en los conflictos derivados del contrato de arrendamiento de la vivienda.
Actividades como comprar productos, alquilar servicios o contratar suministros (como la luz, el gas o telefonía) puede originar infinidad de problemas que no sabemos cómo resolver. En estos casos, un Abogado de referencia puede aclararnos muchos aspectos.
- Conflictos individuales de trabajo con la empresa privada u organismo público donde preste sus servicios, por incumplimiento de las normas contractuales o legales del trabajo.
- Reclamaciones de daños corporales.
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