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02 DE FEBRERO |

Nuevos límites de velocidad para circular por la ciudad

A partir del primer trimestre del 2019, los nuevos límites de velocidad entrarán en vigor.

El Reglamento General de Circulación no para de incluir reformas como consecuencia nuestros hábitos de conducción. Madrid Central, ha sido una de las primeras medidas puestas en marcha y que impacta en la circulación de la capital, pero a nivel institucional la DGT ha arrancado  nuevas normativas que comenzarán su aplicación este 2019.

El pasado mes de diciembre, el Consejo de Ministros aprobaba la medida de rebajar la velocidad máxima permitida en las carreteras secundarias, en 2019, ya hay agendada una fecha por parte de la Dirección General de Tráfico para hacer efectivo el proyecto que tenía planeado en lo relativo a los límites de velocidad en las carreteras españolas.

Límite 30 km/h en las vías sin pavimentar de las ciudades españolas- ÓN

A partir del mes de febrero y el mes de marzo, las medidas propuestas por la DGT entrarán en vigor. A partir de ese momento, los turismos tendrán que circular según lo estipulado. Mientras que, en las carreteras secundarias (único carril por sentido y sin desdoblar), el límite está fijado a 90km/h, en las vías sin pavimentar de las ciudades españolas, el límite será de 30 km/h, principalmente para evitar atropellos.

Ningún conductor estará exento de cumplir esta norma. Mientras los turismos y las motos estarán limitados a 90 km/h en la red de carreteras convencionales de único sentido, otros vehículos como los autobuses, furgonetas y camiones tendrán que hacerlo a 80 km/h. Por otro lado, la velocidad en autopistas y autovías continuará limitada a 120 km/h para turismos y motos, mientras que para el resto de las tipologías de vehículos se mantendrán a 100 km/h.

El motivo de poner el punto de mira en este tipo de vías se debe a que un 75% de los accidentes mortales se producen en estos puntos del mapa de carreteras.

Mientras que, en las carreteras secundarias (único carril por sentido y sin desdoblar), el límite está fijado a 90km/h, en las vías sin pavimentar de las ciudades españolas, el límite será de 30 km/h, principalmente para evitar atropellos.

Del mismo modo, lo vehículos que dispongan de una masa máxima autorizada, como autocaravanas, automóviles con remolque, vehículos de transporte escolar o mercancías peligrosas, circularán a un límite de 10 km/H por debajo de lo estipulado recientemente.

El Real Decreto modificó el artículo 48 del Reglamento General de Circulación para estipular el cuadro de velocidades nuevo para cada tipo de vía, no fue la única reforma en Tráfico. Si bien, esta medida está justificada, debido a que el objetivo principal es reducir la accidentalidad y, por ende, la tasa de fallecidos en la red de carreteras, nuevas estrategias llevados a cabo pretenden hacer el mismo efecto.

En 2019, habrá un aumento considerable de los controles de detección de drogas, por otro lado continúa la presencia de los radares veloláser de la DGT para mejorar la seguridad vial y habrá más sanciones estrictas en cuanto al uso del móvil, o no utilizar los elementos de seguridad dispuestos en los automóviles.

Patricia Moya

Patricia Moya Manzano

Técnico de Comunicación